II JORNADAS INSTITUCIONALES del dia 16 de junio del 2014- del Programa PNFP
Material analizado
Marco Legal
Ley Nacional Educación
26206, . Título X, capítulo
V, artículos 122 a 124.
CAPITULO V
LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
ARTÍCULO 122.-
La
institución educativa es la unidad pedagógica del sistema
responsable
de los procesos de enseñanza-aprendizaje destinados al logro de los objetivos
establecidos por esta ley. Para ello, favorece y articula la participación de
los distintos actores que constituyen la comunidad educativa: directivos,
docentes, padres, madres y/o tutores/as, alumnos/as, ex alumnos/as, personal
administrativo y auxiliar de la docencia, profesionales de los equipos de apoyo
que garantizan el carácter integral de la educación, cooperadoras escolares y
otras organizaciones
vinculadas
a la institución.
ARTICULO 123.-
El
Consejo Federal de Educación fijará las disposiciones necesarias para que las
distintas jurisdicciones dispongan la organización de las instituciones
educativas de acuerdo a los siguientes criterios generales, que se adecuarán a
los niveles y modalidades:
a)
Definir, como comunidad de trabajo, su proyecto educativo con la participación
de todos sus integrantes, respetando los principios y objetivos enunciados en
esta ley y en la legislación jurisdiccional vigente.
b)
Promover modos de organización institucional que garanticen dinámicas
democráticas de convocatoria y participación de los/as alumnos/as en la
experiencia escolar.
c)
Adoptar el principio de no discriminación en el acceso y trayectoria educativa
de los/as alumnos/as.
d)
Brindar a los equipos docentes la posibilidad de contar con espacios
institucionales destinados a elaborar sus proyectos educativos comunes.
e)
Promover la creación de espacios de articulación entre las instituciones del
mismo nivel educativo y de distintos niveles educativos de una misma zona.
f)
Promover la vinculación intersectorial e interinstitucional con las áreas que
se consideren pertinentes, a fin de asegurar la provisión de servicios
sociales, psicológicos, psicopedagógicos y médicos que garanticen condiciones
adecuadas para el aprendizaje.
g)
Desarrollar procesos de autoevaluación institucional con el propósito de
revisar las prácticas pedagógicas y de gestión.
h)
Realizar adecuaciones curriculares, en el marco de los lineamientos curriculares
jurisdiccionales y federales, para responder a las particularidades y
necesidades de su alumnado y su entorno.
i)
Definir su código de convivencia
j)
Desarrollar prácticas de mediación que contribuyan a la resolución pacífica de
conflictos.
k) Promover iniciativas en el ámbito de la
experimentación y de la investigación pedagógica.
l) Mantener vínculos regulares y sistemáticos
con el medio local, desarrollar actividades de extensión, tales como las
acciones de aprendizaje-servicio, y promover la creación de redes que
fortalezcan la cohesión comunitaria e intervengan frente a la diversidad de
situaciones que presenten los/as alumnos/as y sus familias.
m)
Promover la participación de la comunidad a través de la cooperación escolar en
todos los establecimientos educativos de gestión estatal.
n)
Favorecer el uso de las instalaciones escolares para actividades recreativas,
expresivas y comunitarias. o) Promover experiencias educativas fuera del ámbito
escolar, con el fin de permitir a los/as estudiantes conocer la cultura
nacional, experimentar actividades físicas y deportivas en ambientes urbanos y
naturales y tener acceso a las actividades culturales de su localidad y otras..
ARTÍCULO
124.- Los institutos de educación superior tendrán una gestión democrática, a
través de organismos colegiados, que favorezcan la participación de los/as
docentes y de los/as estudiantes en el gobierno de la institución y mayores
grados de decisión en el diseño e implementación de su proyecto institucional.
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